Derecho, Filosofía, historia, moralejas, economía, relatos, viajes, música, experiencias de vida, humor, datos de Valparaíso, Viña del Mar y Santiago (las ciudades que estoy la mayor parte del tiempo), literatura, arte, política, futbol, y otras cosas más. Principalmente compartir conocimientos y buenas vibras.....


"Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber".... Albert Einstein

sábado, 7 de diciembre de 2013

QUE ES Y COMO FUNCIONA UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE


Chile a lo largo de su historia ha tenido ocho constituciones hasta ahora, las de 1812, 1818, 1822, 1823, 1833, 1925 y 1980. Todas ellas comparten un denominador común, en ninguna de ellas participó el pueblo en su elaboración y aprobación, lo cual realiza a través de una Asamblea constituyente.
Una Asamblea Constituyente es un organismo compuesto por ciudadanos elegidos por la misma ciudadanía para dar forma a la organización política del país y redactar su constitución.
Resulta el procedimiento más democrático para crear o reformar una constitución, ya que en ella tienen la posibilidad de participar y expresarse, en forma amplia y con la mayor diversidad, todos los sectores y tendencias que integran la sociedad. Contribuye también a fortalecer la participación ciudadana en la toma y ejecución de las decisiones nacionales.
Para realizar una asamblea constituyente no es requisito que ésta se encuentre señalada en la Constitución vigente. 
La convocatoria a una asamblea constituyente puede darse de diferentes formas:
1.- Por iniciativa de la máxima autoridad política del país, llamando a un plebiscito para que los ciudadanos decidan continuar bajo el poder de la constitución vigente o llamar a asamblea constituyente.
2.- La máxima autoridad política, envíe un proyecto de ley realizando la convocatoria a asamblea constituyente, el cual deberá ser aprobado por el congreso nacional (Caso Chileno)
3.- Que surja del quiebre o fracaso del orden político existente, en que el pueblo de forma autónoma o quien tome el mando político del país convoque a realizar el proceso.
Forman parte de una asamblea constituyente ciudadanos con derecho a elegir y ser elegidos, que resulten electos de manera libre, democrática y representativa de las listas de candidatos que presenten los partidos políticos y otras organizaciones de la sociedad: gremiales, cívicas, comunales, religiosas, culturales, económicas, profesionales, empresariales, obreras, campesinas, indígenas, sindicales, estudiantiles, intelectuales, étnicas, ecológicas, científicas y otras que representen intereses sectoriales y nacionales.

Los candidatos a integrar la asamblea deben estar inscritos en los registros electorales y pueden postular por iniciativa propia o patrocinados por partidos políticos legalmente constituidos u organizaciones sociales. Están inhabilitados de hacerlo autoridades y funcionarios públicos en ejercicio de su cargo.

Los miembros de una asamblea constituyente son delegados, porque personifican al pueblo soberano en reunión

Se entiende por Soberanía como El derecho y la voluntad que posee un pueblo para adoptar decisiones destinadas a determinarse y manifestarse con independencia de poderes externos.



El pueblo es el único que puede y debe elegir libre y directamente a quienes trabajarán en una asamblea constituyente. Nadie puede ni debe sustituirle en esa tarea, para la cual debe gozar de plena libertad de postulación y elección a través de mecanismos verdaderamente participativos, representativos y democráticos.

Una asamblea constituyente tiene amplias facultades; esencialmente, redactar y aprobar una nueva Constitución Política del Estado, sometiéndola a la aprobación del pueblo, por intermedio de un referéndum o plebiscito.



Una vez elegida e instalada, el período de funciones de una asamblea constituyente se extiende generalmente de seis meses a un año, según la urgencia de su labor, aunque está facultada para modificarlo. Tiene, además, plena libertad para establecer sus reglamentos internos y puede dotar a sus integrantes de poderes parlamentarias.
Su agenda de trabajo también es determinada unilateralmente por ella, pudiendo ratificar o no la que haya propuesto en la convocatoria. Debe, sin embargo, estar siempre abierta al debate, pues se trata de consagrar constitucionalmente la democracia participativa.

Este país jamás en su historia ha vivido un proceso de asamblea constituyente, y esa ignorancia ha sido aprovechada por sectores conservadores para decir que realizarla es traer el caos y el desorden. Estos grupos hacen esta campaña del terror ante el temor de perder sus privilegios que han tenido y que han sido garantizados por las constituciones antes señaladas.

Además es la oportunidad que tenemos para determinar las reglas que rijan nuestra sociedad, fortalecer la democracia y demostrar al mundo que somos un país serio y responsable no solo a la hora de hacer negocios.

No hay comentarios:

Publicar un comentario