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viernes, 31 de enero de 2014

LIBRE ACCESO A PLAYAS, RIOS Y LAGOS

De acuerdo al Código Civil, las playas, las riberas de ríos y lagos son bienes nacionales de uso público o bienes públicos. Esto implica que el dominio y su uso pertenecen a todos los habitantes de la nación. Por lo tanto, NO EXISTEN LAS PLAYAS PRIVADAS EN CHILE

Si se quiere ir a la playa con fines turísticos o de pesca, y no existen vías o caminos públicos para poder acceder a ella,los dueños de los terrenos DEBEN FACILITAR SU ACCESO DE FORMA GRATUITA. según lo ordena el artículo 13 del Decreto Ley N°1939 de 1977.

La fijación de las vías de acceso corresponde al Intendente regional quien debe determinarla prudencialmente, evitando causar daños innecesarios. Previa audiencia a los propietarios, arrendatarios o tenedores del terreno. Si estos no asisten o no se llega a acuerdo, quedará delimitado el acceso.  Sin perjuicio, los afectados podrán oponerse a lo que decida el Intendente concurriendo a los Tribunales.

Ante la existencia de playas privadas, como también de personas que esten exigiendo el pago de una entrada para acceder a la playa o la orilla de ríos y lagos. Se debe denunciar este hecho ante el Ministerio de Bienes Nacionales o a la Gobernacion Provincial correspondiente.

Un hotel, hosteria, camping, terma, centro turistico, condominio, resort, etc.. NO puede negar la entrada a la playa, a la ribera de un río o lago. DEBEN habilitar un paso para que todos puedan acceder a ella. Pero eso no significa que se pueda entrar a cualquier dependencia del hotel aduciendo el libre acceso a la playa. El hotel puede negar el paso a sectores que se consideran de propiedad privada o de uso exclusivo de sus pasajeros.

Asimismo existe prohibición de ingreso y tránsito de vehículos en arenas de playa, terrenos de playa, dunas costeras bajo penas de multa. Sin embargo, por excepcion podrán ingresar vehículos en labores de manutención o aseo, vigilancia, fiscalización, seguridad y socorro, así como otras actividades debidamente autorizadas, ejemplo, arriendo de motos areneras.

El Estado protege y maneja ciertos ambientes naturales, terrestres o acuáticos, para lograr su conservación, a través de parques nacionales, reservas nacionales y monumentos naturales. restringiendo su acceso libre con el de evitar que sean explotados económicamente y maltratados por los visitantes. 

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